Bogotá abre convocatoria para apoyar 5 Iniciativas de reconciliación
Información general
La Oficina Consejería Distrital de Paz, Víctimas y Reconciliación de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá invita a participar en la convocatoria RECONCILIA BOGOTÁ 2026 a personas jurídicas integradas por:
- Víctimas del conflicto incluidas en el Registro Único de Víctimas y/o acreditadas ante la JEP.
- Personas en proceso de reincorporación y reintegración con certificado de acreditación emitido por la ARN.
- Comparecientes ante la JEP.
- Organizaciones de base comunitaria.
- Organizaciones étnicas.
- Juntas de Acción Comunal.
- Organizaciones de la sociedad civil.
Incentivos
Para la presente convocatoria se otorgarán el apoyo en bienes y servicios para cinco (5) iniciativas de reconciliación seleccionadas HASTA VEINTIOCHO MILLONES DE PESOS MONEDA CORRIENTE (COP $28.000.000).
Las organizaciones que se postulen a la convocatoria deben cumplir con unas características y mínimo de experiencia desarrollando iniciativas o proyectos de reconciliación, justicia transicional resturativa y construcción de paz en Bogotá, descritas a continuación:

Mesa de ayuda
Escríbenos al correo: componenteIRIR@alcaldiabogota.gov.co
Acto administrativo
Cronograma
| Del 5 al 16 de junio de 2026 | Publicación de la convocatoria La ciudadanía cuenta con cinco (5) días hábiles para hacer comentarios a la misma a través de la plataforma LegalBog de la Secretaría Jurídica Distrital. |
| 17 de junio de 2026 | Reunión virtual para responder preguntas sobre la convocatoria. Hora: 9:00 am a 10:00am Enlace de conexión: https://teams.microsoft.com/meet/240466590142567?p=yl5WxE gVfL344G6ZLM |
| 01 de julio de 2026 08:00a.m. | Apertura de la convocatoria |
| 31 de julio de 2026 17:00 p.m. | Cierre de la convocatoria |
05 de agosto de 2026 17:00 p.m. | Remisión listado de habilitados, no habilitados y por subsanar |
| Del 06 de agosto al 13 de agosto de 2026, 17:00 p.m. | Periodo de subsanaciones |
| Del 14 al 21 de agosto de 2026 | Evaluación y selección de iniciativas |
| 24 de agosto de 2026 | Comunicación de iniciativas seleccionadas |
I. Justificación
El punto 5 del Acuerdo Final de Paz firmado en 2016 entre el Gobierno Nacional de Colombia y las FARC-EP estableció la creación de un Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición (Sistema Integral para la Paz), con el fin de garantizar la satisfacción de los derechos de las víctimas, asegurar la seguridad jurídica de los participantes en el Sistema y contribuir a la convivencia, la reconciliación, la garantía de una justicia restaurativa y la no repetición del conflicto armado.
En línea con lo anterior, el Distrito Capital cuenta con la Política Pública de Seguridad, Convivencia, Justicia y Construcción de Paz y Reconciliación 2023-2038 la cual sitúa la construcción de paz y reconciliación como uno de sus objetivos primordiales, buscando promover transformaciones que incidan en la consolidación y mantenimiento de la paz en Bogotá, reconociendo el impacto desproporcionado que ha tenido el conflicto sobre las comunidades y grupos históricamente excluidos, a través de la implementación de acciones que permitan superar la estigmatización, fortalecer la participación incidente de estas poblaciones e impulsar la verdad y la memoria, con un enfoque diferencial y de género, poblacional, territorial y ambiental.
En ese mismo sentido, el Plan Distrital de Desarrollo “Bogotá Camina Segura 2024-2027" incorpora el Programa 13: Bogotá, un territorio de paz y reconciliación donde todos puedan volver a empezar, con el objetivo de territorializar la implementación del Acuerdo de Paz en la ciudad, incluyendo lo dispuesto en el punto 5 del Acuerdo frente al fortalecimiento de la atención, reparación e integración local de las víctimas del conflicto armado que quieren reconstruir su proyecto de vida en el Distrito. Ser un territorio de paz significa promover el desarrollo de los territorios marginados y empobrecidos, atender a la población vulnerable y excluida y garantizar la participación de los actores locales involucrados en las estrategias que le apuntan a construir la paz en el Distrito Capital.
En virtud de lo anterior, la Oficina Consejería Distrital de Paz, Víctimas y Reconciliación (OCDPVR) de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., formuló el proyecto de inversión 8094 “Fortalecimiento de capacidades institucionales y de la sociedad civil para la implementación del acuerdo de paz, la memoria, y los derechos de las víctimas del conflicto armado en Bogotá D.C. 2024-2028” implementado en el Distrito Capital, donde confluyen dinámicas sociales, económicas y culturales diversas que construyen y le dan vida a la ciudad, y que actualmente se ven marcadas por la presencia de población vulnerable y en riesgo de victimización, con acceso desigual a las oportunidades de inclusión social y en condiciones de alta segregación espacial y discriminatoria, contribuyendo en el cumplimiento de las metas del proyecto de inversión. Para esta convocatoria, en particular, se tienen en cuenta dos metas asociadas al proyecto de inversión en mención:
- Meta 3: Implementar el 100% de actividades para la implementación del Acuerdo de Paz, particularmente, en lo relacionado con la ejecución del plan de trabajo de la estrategia de reconciliación.
- Meta 12: Impulsar mínimo tres proyectos restaurativos que respondan a las líneas definidas por la Jurisdicción Especial para la Paz, en el marco del Sistema Restaurativo.
Este impulso se materializa en el fortalecimiento de iniciativas que contribuyan al fomento de la convivencia pacífica en las comunidades, la reconstrucción del tejido social, el fortalecimiento del diálogo y a la recuperación de la confianza comunitaria e institucional. Estas iniciativas de reconciliación, a su vez, se conciben como semilleros que pueden impulsar y promover potenciales proyectos restaurativos en la ciudad, constituyéndose en un aporte desde la institucionalidad distrital para dar viabilidad a futuros proyectos restaurativos en el marco del Sistema Integral para la Paz, la satisfacción de los derechos de las víctimas y la implementación del enfoque de justicia transicional restaurativa presente en la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).
Precisamente, la invitación al desarrollo de iniciativas de reconciliación que se vean fortalecidas y apoyadas en Bogotá a través de este proyecto tiene el propósito de contribuir a la identificación de procesos comunitarios y sociales que puedan impulsar y profundizar la territorialización del enfoque reparador. A través de la articulación de esfuerzos entre la Alcaldía y la sociedad civil bogotana se espera contribuir al desarrollo de procesos integrales de construcción de paz y transición que resulten de una oferta institucional articulada y coordinada, que reconozca el poder transformador de las comunidades y sus territorios en la no repetición de la violencia, y que permita una apropiación local de procesos que favorezcan la transformación pacífica de los conflictos políticos y sociales.
Bogotá, como territorio receptor de víctimas del conflicto armado y población vinculada a procesos activos de la Agencia de Reincorporación y Normalización (ARN) y la Jurisdicción Especial para la Paz, enfrenta el desafío de generar escenarios efectivos de reconciliación, teniendo en cuenta las particularidades sociales, territoriales y comunitarias de sus localidades.
De acuerdo con datos del Observatorio Distrital de Víctimas del Conflicto Armado, con corte a diciembre de 2025, evidencia que en la ciudad residían alrededor de 380.270 víctimas, siendo las localidades de Bosa con 46.931 víctimas (12,3%); Ciudad Bolívar con 38.819 (10,2%); Kennedy con 38.486 (10,1%); Suba con 35.207 (9,3%) y Engativá con 21.656 (5,7%), las que concentran el 47,6% del total de esta población.
Por su parte, las cifras de la ARN, con corte a abril de 2026, señala que en el Distrito Capital residían personas en proceso y culminados de reintegración (2.582) o reintegración especial (101) y (630) personas en proceso de reincorporación actualmente atendidas.
Finalmente, según datos de la Jurisdicción Especial para la Paz3, con corte a septiembre de 2025, cerca de 888 víctimas acreditadas ante la JEP se encontraban localizadas en Bogotá, y aproximadamente 1.704 comparecientes reportaban el distrito como su último lugar de ubicación.
Teniendo en cuenta las necesidades de construcción de paz, de reparación, de justicia restaurativa, de reconciliación y no repetición de la violencia en el país y las características poblacionales de Bogotá como un lugar en donde confluyen vidas que han hecho parte directa e indirectamente del conflicto armado, la OCDPVR se ha propuesto abrir la presente Convocatoria con el fin de apoyar el desarrollo de iniciativas de reconciliación que aporten a la construcción de paz territorial en Bogotá a través del fomento de la convivencia pacífica en las comunidades, de la reconstrucción del tejido social, del fortalecimiento del diálogo, y de la recuperación de la confianza comunitaria e institucional, para la transformación pacífica de las localidades y sus habitantes.
II. Generalidades de la convocatoria
2.1. Objetivo
Fortalecer cinco (5) iniciativas de reconciliación en Bogotá D.C. que aporten al fomento de la convivencia pacífica en las comunidades, la reconstrucción del tejido social, el fortalecimiento del diálogo, y la recuperación de la confianza comunitaria e institucional en la ciudad.
2.2. Cobertura
Las propuestas presentadas deberán ser iniciativas de reconciliación a implementar en las localidades de Bogotá D.C.
2.2.1. Población objetivo de la convocatoria:
Organizaciones legalmente constituidas conformadas por víctimas del conflicto armado, personas en proceso de reincorporación y reintegración, comparecientes ante la JEP, organizaciones de base comunitaria, organizaciones étnicas, juntas de acción comunal, organizaciones de la sociedad civil que estén involucradas en procesos de reconciliación, justicia transicional restaurativa y construcción de paz en Bogotá D.C.
2.2.2. Líneas temáticas
Se espera que las iniciativas de reconciliación, con el fin de dialogar y aportar a los procesos de construcción de paz y restauración promovidos por el Sistema Integral para la Paz, se enmarquen en al menos uno de las siguientes tres (3) líneas temáticas, integrando los propósitos de fomentar la convivencia pacífica en las comunidades, la reconstrucción del tejido social, el fortalecimiento del diálogo, y la recuperación de la confianza comunitaria e institucional en alguno de los siguientes ámbitos de trabajo:
a. La resignificación de los territorios: Esta línea está orientada a la implementación de acciones que otorguen nuevos sentidos y significados a los lugares que acogen a las poblaciones más afectadas por el conflicto en Bogotá y que, por sus condiciones de vulnerabilidad, han profundizado las afectaciones sociales y comunitarias.
A través de esta línea se busca promover iniciativas que contribuyan a tramitar las heridas y el dolor de la confrontación armada, así como, el impacto y las huellas sociales, físicas, ambientales y ecosistémicas que continúan afectando a estas poblaciones. Además de propiciar escenarios y procesos de reconciliación, las iniciativas podrán integrar proyectos enmarcados en los principios de prevención y precaución social y ambiental, orientados a la preservación, conservación, restauración y sostenibilidad de las comunidades, los ecosistemas, barrios y localidades con presencia significativa de víctimas y de personas en proceso de reincorporación.
b. Pedagogía para la paz, reconciliación y capacidades para el diálogo: La construcción de paz requiere una apuesta educativa que promueva habilidades y fortalezca capacidades para la transformación pacífica de los conflictos y la reconciliación. Por ello, en esta línea temática se espera contar con iniciativas que sustenten la pedagogía para la paz en metodologías participativas, empáticas y creativas, orientadas a la creación conjunta de entornos pacíficos de convivencia.
c. Aporte a la búsqueda de Personas Dadas por Desaparecidas: Las iniciativas que se presenten en esta línea deberán contribuir al fortalecimiento de las acciones orientadas a la localización e identificación de las víctimas de desaparición forzada, promoviendo la verdad, la dignificación y el acompañamiento a sus familias. Estas iniciativas deberán articularse con los procesos de participación social y comunitaria impulsados por la Unidad de Búsqueda de Personas Dadas por Desaparecidas (UBPD), e incluir la difusión de la información institucional disponible que oriente y facilite los procesos de búsqueda.
La presente convocatoria, parte de reconocer que el conflicto armado ha tenido impactos diferenciales sobre poblaciones históricamente victimizadas, excluidas y discriminadas. En ese sentido, las iniciativas deberán señalar cómo incluyen en su desarrollo acciones orientadas a la atención, promoción y garantía de derechos de las siguientes poblaciones: niñas, niños, adolescentes y jóvenes, mujeres víctimas, comunidades étnicas víctimas, colectivos LGBTIQ+ víctimas, personas con discapacidad víctimas, promoviendo en todos los casos el fortalecimiento de garantías de no repetición.
2.5. Plazo máximo para presentación de propuestas
Se recibirán propuestas, en conjunto con la documentación requerida y cumplimiento de requisitos, hasta el 31 de julio de 2026, a través del siguiente enlace: https://victimasbogota.gov.co/convocatorias
2.6. Tiempo de ejecución de las propuestas
Las propuestas seleccionadas tendrán un tiempo para su ejecución técnica y financiera hasta el 15 de diciembre de 2026. La fecha de arranque de la ejecución de la iniciativa se contará a partir del perfeccionamiento del convenio con el asociado, el cual asumirá directamente la compra y entrega de los bienes y servicios requeridos para el apoyo a las iniciativas, de acuerdo con los requerimientos de las mismas en el marco de los costos del mercado.
2.7. ¿Quiénes pueden participar en la convocatoria?
Organizaciones de base comunitaria, sociales y étnicas constituidas legalmente con representación legal de víctimas del conflicto armado, personas en proceso de reincorporación y reintegración o comparecientes ante la JEP, sociedad civil, Juntas de Acción Comunal, que tengan liderazgo e interés en desarrollar acciones comunitarias que contribuyan a la reconciliación, la justicia transicional restaurativa y la construcción de paz en Bogotá D.C.
Aunque se aceptarán propuestas organizaciones que representen o estén conformadas solamente por un tipo de actor (por ejemplo, exclusivamente por víctimas, por personas en procesos de reincorporación y reintegración, o por comparecientes ante la JEP, etc.), se busca que las iniciativas que se presenten y seleccionen promuevan la vinculación de más de uno de los grupos poblacionales mencionados con el fin de contribuir al objetivo de esta convocatoria de aportar a la reconciliación en el Distrito Capital, especialmente a la reconstrucción del tejido social, al fortalecimiento del diálogo y a la recuperación de la confianza institucional y social.
III. Especificidades de la convocatoria
3.1. Requisitos para participar
a. Postularse a la convocatoria Reconcilia Bogotá en la página web de la OCDPVR a través del siguiente enlace de https://victimasbogota.gov.co/convocatorias
b. Diligenciar completamente la información solicitada en el formulario de postulación.
Al momento de presentar la propuesta, contar como mínimo con la siguiente documentación, que además deberá anexarse al formulario en línea.
3.1.1. Requisitos para organizaciones constituidas legalmente con representación legal

3.2. Plazo máximo de subsanación
- Subsanable: Corresponde a un requisito de la convocatoria que, de haberse omitido, resultar incorrecto, desactualizado, no legible, entre otros aspectos que impidan su aceptación, puede presentarse, ajustarse o corregirse dentro del plazo establecido.
- El incumplimiento o no envío de alguno de los documentos mencionados subsanables podrá ser resuelto por quien postula la propuesta entre el 06 de agosto al 13 de agosto de 2026 al correo institucional componenteIRIR@alcaldiabogota.gov.co. Superado este término sin tener alguna comunicación efectiva de quien presenta la propuesta, ésta será descartada.
- Se podrán realizar cambios en relación con la persona delegada por la organización siempre y cuando lo anterior, se realice previo a la estructuración del contrato y/o convenio solidario de la propuesta seleccionada.
3.3. Aspectos no subsanables
No serán subsanables los documentos enviados que no correspondan a lo solicitado. No serán subsanables o modificables en el documento de postulación de la propuesta:
El nombre, descripción, recursos y la apuesta central (de no estar enmarcada en el objeto de la convocatoria quedará calificada como NO HABILITADA).
3.5. Asistencia técnica para la aplicación de la convocatoria
Las organizaciones interesadas en el proceso de aplicación tendrán cinco (5) días hábiles una vez publicada el proyecto de acto administrativo y los términos y condiciones de la convocatoria en la plataforma LegalBog de la Secretaría Jurídica Distrital para la presentación de observaciones como se menciona en el cronograma de la convocatoria.
Las iniciativas seleccionadas podrán ser invitadas a participar en espacios dialógicos durante la implementación de su iniciativa, con el objetivo de fortalecer la reconciliación, la apropiación local de los procesos y fomentar el diálogo y la co-construcción entre las personas involucradas en la iniciativa y la comunidad.
3.6. Gastos No Elegibles (Asuntos en los que NO se podrá gestionar la financiación)
El presupuesto estipulado para las iniciativas de reconciliación cubrirá únicamente los gastos vinculados a la implementación de esta en el tiempo determinado en el cronograma de la presente convocatoria.
A continuación, se relacionan los rubros de gastos NO elegibles que no podrán ser cubiertos con recursos financiados de esta convocatoria:

IV. Evaluación
4.1 Comité de selección
La elegibilidad y selección de propuestas de esta convocatoria será efectuada a través de un equipo integrado por:
Tres (3) representantes de la Oficina Consejería Distrital de Paz, Víctimas y Reconciliación de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá.
4.2 Criterios de revisión y selección de las propuestas
Para determinar el puntaje técnico de las propuestas, se evaluarán los siguientes criterios:

4.3 Causales de rechazo de la propuesta
- Son causales de rechazo de la propuesta las siguientes:
La no presentación de cualquiera de los documentos insubsanables señalados en el numeral 3.1 Requisitos para participar. - Si se verifica que existe irregularidad o falsedad en alguno de los documentos presentados en la propuesta, o cuando verificada la información suministrada por el proponente no esté conforme con la realidad.
- La entrega de la propuesta en día y hora posterior a la establecida en la presente Convocatoria.
- Que el objeto de la propuesta y/o su desarrollo difiera del objeto de la convocatoria.
- La no presentación de los documentos subsanables dentro del plazo concedido.
- Si el proponente está en un proceso que técnica, jurídica o financieramente no esté resuelto con la Consejería Distrital de Paz, Víctimas y Reconciliación de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá.
4.4 Organizaciones No Elegibles
Las organizaciones no podrán ser beneficiarios si se encuentran inmersos en alguna de las situaciones que se enumeran a continuación:
- Que haya dado un uso indebido de fondos privados y públicos en el pasado.
- Partidos políticos, agrupaciones o instituciones o sus subsidiarias y afiliadas.
- Que promueven o defienden políticas antidemocráticas o actividades ilegales.
- Que no cumplan con sus obligaciones relativas al pago de las cotizaciones a la seguridad social o al pago de impuestos de conformidad con las disposiciones legales en Colombia.
- Si las personas que tienen poder de representación, o de toma de decisiones o de control sobre la organización, han sido objeto de una sentencia con fuerza de cosa juzgada por fraude, corrupción, participación en una organización criminal, lavado de dinero o cualquier otra actividad ilícita.
V. Especificaciones posteriores a la selección de las propuestas
a.Plazo de ejecución:
La fecha de inicio para el alistamiento, ejecución técnica, operativa y entrega de apoyos en bienes y servicios se contará a partir de la fecha del perfeccionamiento del convenio de asociación, el cual es un proceso paralelo a esta convocatoria y no podrá superar el 15 de diciembre de 2026.
Mecanismo de operación:
Durante el proceso de gestión, la OCDPVR validará la pertinencia técnica y calidad de los productos acordados en relación con los requerimientos de bienes y servicios solicitados. En cuanto a la implementación operativa, el asociado será el encargado de evaluar el cumplimiento de requisitos por parte de las iniciativas seleccionadas, la identificación de proveedores, contratación y entregas. En caso de que se requiera ajustes sobre los mismos éstos podrán ser solicitados y/o efectuados.
La ejecución de las iniciativas seleccionadas se realizará de manera directa por parte del asociado, garantizando la entrega de los bienes y servicios necesarios a las organizaciones beneficiarias. Esta modalidad no contempla transferencias de recursos, honorarios, gastos administrativos ni comunicacionales, y busca asegurar una implementación ágil, transparente y ajustada a los objetivos de la convocatoria.
VI. Anexos
Anexo 1. Definiciones Iniciativas Reconciliación | Anexo 3. Formato carta de presentación de la propuesta |
Anexo 2. Definiciones enfoques | Anexo 4 Prácticas prohibidas |

