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Asistencia y atención efectiva de la Alta Consejería por los Derechos de las Víctimas a 254 integrantes del Pueblo Embera

Por: comunicaciondigital
Publicado el: Abril 2020

Corresponde a la atención humanitaria inmediata a víctimas del desplazamiento durante el aislamiento obligatorio por la pandemia del Covid-19. • Incluye alojamiento y alimentación, en albergue o en bonos de arriendo y alimentación.

- Con ocasión de la emergencia por el Covid-19, entre el 16 de marzo y el 15 de abril la Alta Consejería para las Víctimas, la Paz y la Reconciliación les ha garantizado alojamiento y alimentación a 254 integrantes del pueblo Embera, que hacen parte de 78 familias. Corresponde al 100 por ciento de la población de esta etnia que se encuentra en una ruta de atención con esta entidad. Hasta el momento se ha dispuesto $90.248.920 en la ruta de atención humanitaria inmediata destinada a miembros de este pueblo quienes llegan desplazados por el conflicto armado. En el caso de los albergues se garantiza alimento cinco veces al día y hay presencia permanente de personal de salud. Además, dentro del Sistema Bogotá Solidaria en Casa se han entregado kits alimentarios a 51 familias del Pueblo Embera que se encuentran en la ruta de Atención Humanitaria de la Unidad para la Víctimas, la cual según la información del Gobierno Nacional, ha realizado en esta semana 101 Giros por valor de 420.000 cada uno. Ante las acciones violatorias del decreto de aislamiento obligatorio tomadas por la comunidad Embera en Bogotá, se adelantaron dos reuniones de articulación y concertación.

Participaron la Alta Consejería, la Subdirección de Asuntos Étnicos de la Secretaría Distrital Gobierno, la Unidad para las Víctimas, la Personería Distrital, la Organización Indígena de Colombia (ONIC), la Mesa de Participación de los Pueblos Indígenas (MPIV) y representantes del Pueblo Embera. Este jueves 16 de Abril, algunos miembros de la Comunidad Embera decidieron nuevamente movilizarse desde sus lugares de alojamiento, esta vez a la Plaza de Bolívar, convocados por personas de la comunidad -a través, entre otros mecanismos- de mensajes de voz en los cuales se instaba a salir con: ¨niños y niñas, viejos y ancianas”, convocatoria ante la cual la Procuraduría General de la Nación se manifestó, calificándola de “irresponsable”, en cuanto ponía “en riesgo a su propia gente” y mostrándose de acuerdo en que los canales de diálogo se debían mantener abiertos respetando la cuarentena.

Allí hicieron presencia las entidades competentes de la Alcaldía Mayor de Bogotá a través de la Subdirección de Asuntos Étnicos de la Secretaria de Gobierno, así como el Ministerio del Interior y la Personería de Bogotá. Luego de varias horas de conversaciones y de reiterar la vigencia de las medidas que se vienen implementando con la comunidad y el compromiso institucional de 200 ayudas humanitaria inmediatas adicionales por la contingencia, los miembros del Pueblo Embera decidieron autónomamente permanecer en la Plaza de Bolívar a pesar de tener las garantías y el cumplimiento pleno de los puntos dialogados en la reunión con las autoridades el miércoles 8 de Abril en la Casa Indígena en Bogotá.

Actualmente, junto con los Embera, se benefician 1.800 personas de acuerdo con lo que establece la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras. Es decir, se les garantizan ayudas de subsistencia por unos tres meses, cada mes, por solicitud de las víctimas, la Alta Consejería evalúa si esta ayuda debe prorrogarse.

Debe recordase que a raíz de la emergencia del Covid-19, desde el 16 de marzo se canceló la atención en los Centros Locales de Atención a Víctimas, salvo para casos de extrema urgencia, para evitar aglomeraciones. A partir de ese momento, el equipo de Asistencia y Atención de la Alta Consejería evalúa telefónicamente la vulnerabilidad de las víctimas y de esa manera se decide el otorgamiento de atención y ayuda humanitaria inmediata para que las víctimas puedan quedarse en casa. Asimismo, se ha insistido que toda la atención se presta directamente en las viviendas de las víctimas y no en lugares públicos, plazas, parques o en dependencias del Distrito, es una medida necesaria para evitar aglomeraciones que puedan aumentar el riesgo de propagación del COVID-19 y se enmarca en los Decretos Nacionales y Distritales de Aislamiento Obligatorio.