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SE EXTIENDE PLAZO DE INSCRIPCIÓN A MESAS DE PARTICIPACIÓN DE VÍCTIMAS

Por: admin-victimas
Publicado el: Abril 2017

El nuevo plazo de inscripción para participar en elecciones de representantes a Mesas Locales y Distrital es el 21 de mayo de 2017.

Hasta esa fecha, en las Personerías Locales, se podrán registrar las Organizaciones de Víctimas – OV y Organizaciones Defensoras de Derechos de las Víctimas – ODV e inscribir a los representantes, que en agosto participarán en la elección de los delegados a las Mesas. Los elegidos serán los encargados de representar a las víctimas que residen en Bogotá para incidir en las políticas públicas de víctimas y velar por sus derechos. 

Según el Decreto 135 del 30 de marzo de 2017, que modifica el Decreto Distrital 35 de 2015, cambió el artículo 16: Inscripción, Convocatoria y período de las Mesas Locales.

“Teniendo en cuenta que el artículo 20D de la Resolución 388 de 2013, modificado por el artículo 2 de la Resolución 1392 de 2016 de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, establece que las elecciones de la Mesa Distrital de Participación efectiva de las Víctimas de Bogotá, D.C., se deben realizar a partir del 19 de septiembre de los años 2017 y 2019 respectivamente; las inscripciones de las Organizaciones de Víctimas y Organizaciones Defensoras de las Víctimas para las elecciones de las mesas Locales, que posteriormente integrarán la Mesa Distrital, se cerrarán el 21 de mayo de los años 2017 y 2019, respectivamente”.

 

La Alta Consejería para los Derechos de las Víctimas, la Paz y la Reconciliación apoya a la Personería Distrital promoviendo la participación en las mesas, a través de reuniones territoriales en las que se les explica a las personas víctimas cómo es el proceso de registro de organizaciones y su inscripción para conformar estos espacios.

 

Para mayor información, descargue aquí el decreto

 

A continuación encontrarán el procedimiento a seguir para participar:

¿Cuáles son nuestros derechos de participación efectiva?
 

De acuerdo a la ley 1448 o ley de víctimas tenemos derecho a:
 

* Estar informados sobre los procesos de reparación integral que ofrecen las diferentes entidades del gobierno nacional o distrital.

* Intervenir en el proceso de construcción de la política pública de víctimas.

* Expresar nuestra opinión presentando observaciones en el proceso de construcción de la política pública de víctimas.

* Recibir respuesta sobre el estado de la política pública de víctimas
 

¿Qué es una mesa de participación efectiva de víctimas?

Es un espacio de trabajo donde las organizaciones de víctimas se reúnen y, de forma participativa, aportamos al diseño, construcción y evaluación de la política pública de víctimas en los ámbitos nacional, departamental, municipal y distrital.
 

Lo que debes saber sobre la participación de las víctimas
 

¿Para qué existen las mesas de participación efectiva de víctimas?
 

Estas mesas buscan incidir en la construcción de la política pública de víctimas en el Distrito, es decir, acceder a espacios de toma de decisiones donde se representen los intereses de la población.
 

¿Qué mesas de participación de víctimas existen en el distrito?
 

Actualmente Bogotá cuenta con 1 mesa de participación distrital con 25 miembros, 14 mesas locales y 3 mesas autónomas (mujeres, afro e indígenas)
 

INSCRÍBETE Y PARTICIPA
 

¿Qué necesito para inscribir mi organización?
 

Las organizaciones interesadas deben inscribirse acreditando lo siguiente:
 

* Formulario de inscripción diligenciado: Decárgalo aquí o en www.personeriabogota.gov.co

* Documento de identidad del representante de la Organización de Víctimas y del delegado

* Acta en que consta la voluntad organizativa o asociativa de sus miembros

* Certificación o instrumento que avale la solicitud de inscripción y que además exprese la voluntad de participación de los integrantes de la organización

* La persona postulada por la organización debe estar inscrita en el Registro Único de Víctimas.La postulación debe tener en cuenta los hechos victimizantes, enfoques diferenciales y cupos a proveer.

* En los casos de pueblos y comunidades por el (los) representante (s) que se encuentre(n) en Bogotá, a través del procedimiento determinado para tal fin, mientras se expiden los protocolos de participación étnicos por parte de la UARIV que regularán la participación de estas poblaciones.

* Cumplir con la debida idoneidad y acreditación para representar el hecho victimizante o el sector social victimizado (enfoque diferencial que pretenda)

* En caso  de ser funcionario público o contratista del Estado a cualquier nivel, que las funciones y obligaciones derivadas de su condición o contrato sean ajenas a la Política Pública de ejecución.

* No tener antecedentes penales ni disciplinarios, con excepción de delitos políticos o culposos.

* Certificado de vecindad expedido por la Alcaldía local.

* Certificado de que desarrolla trabajo con las víctimas de esa localidad

 

Las inscripciones se pueden realizar en cualquiera de las 20 personerías locales, en días hábiles, de 8:00 a.m., a 4:30p.m.
 

Tienes hasta el 21 de mayo de 2017 para presentar los documentos requeridos
 

Mayor información: Línea 381 3000 ext. 3009 de la Alta Consejería para los Derechos de las Víctimas, la Paz y la Reconciliación
 

 

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